International Commercial Terms Incoterms® publicados por la Cámara de Comercio Internacional ICC, son un conjunto de términos comerciales de tres letras que reflejan las normas de aceptación voluntaria por las partes Comprador–Vendedor, en los contratos de compraventa internacional.
Las reglas Incoterms son ampliamente utilizadas en el comercio mundial y las transacciones comerciales internacionales, su uso garantiza una buena interpretación[1] de los términos que se utilizan comúnmente para la asignación de los costos de transacción y las responsabilidades entre compradores y vendedores en los contratos de compraventa Internacional de mercancías.
Las reglas Incoterms son recomendaciones reconocidas como práctica internacional uniforme de aceptación voluntaria por las partes, es decir, no son un esquema jurídico obligatorio (no son leyes), y se aplican únicamente en la compraventa internacional de mercancías, no en la compraventa internacional de servicios, debido a que éstos son intangibles en los que no se utiliza la logística.
Cláusulas de Entrega
Los Incoterms definen un punto geográfico[2] y un momento cronológico[3] para regular cuatro aspectos básicos del contrato de compraventa internacional:
- La entrega puede ser directa, cuando la regla Incoterms define que la mercancía se entregue al comprador (Grupos E y D).
- La entrega puede ser indirecta, cuando la regla Incoterms define que la mercancía se entregue a un intermediario del comprador, un transportista o un transitario (Grupos F y C).
Transmisión de riesgos. Asignan y delimitan la responsabilidad[4] de cada una de las partes, sobre los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía.
Distribución de gastos. Asignan y delimitan los gastos a cubrir por cada una de las partes.
Documentación y Trámites. Asignan y delimitan las obligaciones de las partes, en la gestión y obtención de documentos, licencias y autorizaciones, y la realización de trámites, para el tránsito y para el despacho aduanero.
Las reglas Incoterms sí dicen:
- Cuál de las partes (comprador, vendedor) en el contrato de compraventa, tiene la obligación de encargarse de qué, por ejemplo: contratar el transporte, contratar el seguro, obtener licencias o autorizaciones, llevar a cabo trámites;
- Donde y cuando el vendedor entrega[5] la mercancía al comprador; y
- De qué costos se responsabiliza cada una de las partes. -por ejemplo: el embalaje, carga, descarga, el valor del flete, el valor del seguro-
Sin embargo, las reglas Incoterms no dicen nada, ni se ocupan:
- Del precio a pagar, condiciones, medios, monedas, plazos, ni métodos de pago;
- Tampoco se ocupan de la transmisión de la propiedad de la mercancía; ni,
- De las consecuencias del incumplimiento del contrato.
La publicación, revisión y actualización de las Reglas Incoterms está a cargo de la ICC y se efectúa cada 10 años aproximadamente.
Actualización Incoterms 2020
La edición 2020 de las reglas Incoterms se lanzó oficialmente el mes de septiembre del 2019, en el centenario de la la Cámara de Comercio Internacional.
Principales Cambios y Novedades
Notas explicativas. Cada regla incluye notas explicativas detalladas con gráficos para ilustrar de mejor manera las responsabilidades y obligaciones de las partes comprador - vendedor en la compraventa internacional de mercancías.
Explicaciones detalladas. En cada regla se anexan explicaciones detalladas para orientar a las partes comprador – vendedor a la elección de la regla Incoterms más apropiado para una transacción determinada, o cómo un contrato de compraventa puede interactuar con otros contratos auxiliares, como el de transporte o el de seguro.
Verified gross mass. En la publicación se hace una mención al respecto de la VGM Verified Gross Mass[6], una práctica comercial importante definida en la regla 2 del Capítulo VI “Transporte de cargas y combustible líquido” de la convención internacional SOLAS Safety of Life at Sea, que establece, que los embarcadores tienen la obligación de verificar el peso bruto del contenedor, debiendo para ello, pesar el contenedor consolidado con equipos calibrados y certificados, o pesar el contenido del contenedor y sumar el peso del contenedor vacío.
Free Carrier. En la regla FCA se incluye una nota explicativa opcional, estableciendo que, en la medida en que las partes así lo acuerden, y cuando sea aplicable, el comprador puede solicitar al porteador que emita un documento de transporte[7] que indica que la mercancía ha sido cargada, para que el vendedor pueda presentarlo al banco para activar mecanismos pagos documentales[8].
Delivered at Place Unloaded. Se elimina la regla Incoterms DAT y se crea la regla Incoterms DPU.
Cobertura del seguro. Las reglas que incluyen seguro CIF y CIP, alinean diferentes niveles de cobertura:
- En la regla CIF el vendedor debe obtener, a sus propias expensas, un seguro contra el riesgo del comprador de pérdida o daño a la mercancía durante el transporte, que cumpla al menos con las garantías de cobertura dispuestas por la cláusula[9] de las Cláusulas de Carga del Instituto (LMA/IUA) u otras cláusulas similares.
- En la regla CIP el vendedor debe obtener, a sus propias expensas, un seguro contra el riesgo del comprador de pérdida o daño a la mercancía durante el transporte, que cumpla al menos con las garantías de cobertura dispuestas por la cláusula[10] de las Cláusulas de Carga del Instituto (LMA/IUA) u otras cláusulas similares.
Transporte. Considerando que en una transacción comercial no siempre se requerirá de un porteador[11] para movilizar la carga[12], en la medida en que las partes así lo acuerden, y cuando sea aplicable, según el Incoterm pactado (FCA, DAP, DPU, DDP), el vendedor o el comprador pueden asumir la operación de traslado de la mercancía.
Reorganización de artículos. Considerando que, en los artículos dentro de cada Regla Incoterms, unos pueden ser “más importantes” que otros, en la edición 2020, dichos artículos han sido reorganizados para seguir una nueva secuencia.
Estructura Interna Incoterms 2010
Comprador | Vendedor | |
---|---|---|
A1 | B1 | Obligaciones Generales | |
A2 | B2 | Licencias, Autorizaciones, Acreditaciones de Seguridad y Otras Formalidades | |
A3 | B3 | Contratos de Transporte y Seguro | |
A4 | B4 | Entrega | Recepción |
A5 | B5 | Transmisión de Riesgos | |
A6 | B6 | Reparto de Costos | |
A7 | B7 | Notificaciones al Comprador | Notificaciones al Vendedor |
A8 | B8 | Documento de Entrega | Prueba de Entrega |
A9 | B9 | Comprobación, Embalaje, Marcado | Inspección de la Mercancía |
A10 | B10 | Ayuda con la Información y Costos Relacionados |
Estructura Interna Incoterms 2020
Comprador | Vendedor | |
---|---|---|
A1 | B1 | Obligaciones Generales | |
A2 | B2 | Entrega | Recepción |
A3 | B3 | Transmisión de Riesgos | |
A4 | B4 | Transporte | |
A5 | B5 | Seguros | |
A6 | B6 | Documento de Entrega / Transporte | |
A7 | B7 | Exportación / Despacho de Importación | |
A8 | B8 | Comprobación / Embalaje / Marcado | |
A9 | B9 | Asignación de Costos | |
A10 | B10 | Notificaciones |
Aplicación móvil. Se anuncia el lanzamiento de la aplicación móvil Incoterms 2020, que incluirá una amplia variedad de características informativas, incluidas las últimas actualizaciones de noticias, información de eventos y oportunidades de entrenamiento.
Incoterms 2020
La edición 2020 de las reglas Incoterms se lanzó oficialmente el mes de septiembre del 2019, en el centenario de la Cámara de Comercio Internacional, ofreciendo una disponibilidad de 11 reglas.

Incoterms | Descripción | Modalidad de transporte | |
---|---|---|---|
1 | EXW | Ex Works | Multimodal |
2 | FCA | Free Carrier | Multimodal |
3 | FAS | Free Alongside Ship | Marítimo |
4 | FOB | Free on Board | Marítimo |
5 | CFR | Cost and Freight | Marítimo |
6 | CIF | Cost Insurance and Freight | Marítimo |
7 | CPT | Cost Paid To | Multimodal |
8 | CIP | Cost and Insurance Paid To | Multimodal |
9 | DAP | Delivered at Place | Multimodal |
10 | DPU | Delivered at Place Unloaded | Multimodal |
11 | DDP | Delivered Duty Paid | Multimodal |
Las reglas Incoterms pueden aplicarse tanto a los contratos de compraventa internacionales como a los nacionales.
Nomenclatura Incoterms 2020

Para utilizar las reglas Incoterms 2020[13] en un contrato de compraventa, debe indicarlo en él con claridad, mediante expresiones como “Regla, Lugar de entrega, Incoterms 2020” -la regla Incoterms elegida, incluyendo el lugar designado, seguido de Incoterms 2020-.
FCA 25 Rue Saint Charles, Bordeaux, France, Incoterms 2020 [14]
La regla Incoterms escogida solo puede funcionar si las partes designan un punto, un lugar o un puerto, y lo hará mejor, si especifican dicho punto, lugar o puerto tan precisamente como sea posible.
FCA Blvd Campestre #2502 Col. Bosques del León, Guanajuato, México C.P. 37123, Incoterms 2020
DAP Av Amazonas O3-N4, Quito, Ecuador, C.P 040120, Incoterms 2020
La elección de la regla Incoterms debe efectuarse:
- Considerando las capacidades organizacionales de las partes.
- El tipo de mercancía.
- Los medios de transporte a utilizar.
- El nivel de servicio que se desea aportar al cliente o recibir del proveedor.
- Las costumbres del mercado.
- Las prácticas de la competencia, y sobre todo
- Para cuando la intención de las partes es imponer obligaciones adicionales, como, por ejemplo, la obligación, para el vendedor, o para el comprador, de organizar el transporte o adquirir un seguro.
EX Works - EXW
Uno de los acuerdos más sencillos y básicos, asigna la mínima responsabilidad al exportador y la mayor responsabilidad al importador.
En una transacción en término EX Works, la carga queda a disposición del comprador para que se recojan en la fábrica o el depósito del exportador.
La trasferencia de responsabilidades se lleva a cabo cuando la carga se pone a disposición del importador o su consignatario.
El importador, cuando así lo requiera, puede solicitar ayuda al exportador para la obtención de documentos[15] necesarios para el despacho aduanero de las mercancías en el lugar de destino.
En Fábrica

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar al comprador que los bienes están listos para recogerlos. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Acudir o enviar a su consignatario a recoger los bienes en el tiempo acordado, y proporcionar cualquier otra información necesaria para que el vendedor pueda realizar la entrega, y cumplir con sus obligaciones. |
Asumir el costo[16] de la verificación, el control de calidad, la medición, el pesaje, el conteo, el embalaje de los productos, el marcado, entre otros, hasta dejar las mercancías correctamente acondicionadas para que puedan empezar el tránsito internacional. | Verificar los bienes[17], y asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías, que se generen desde que las recoja en las instalaciones del vendedor. |
Entregar las mercancías dentro del tiempo acordado, en el lugar convenido. El vendedor no está en la obligación de cargar la mercancía en ningún vehículo o medio de transporte de recogida. | Recibir en conformidad los bienes cuando se entregan[18], dentro de los plazos convenidos. |
Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque, o un documento electrónico equivalente, y generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes. | Pagar el precio de los bienes según lo acordado. |
Asistir[19] al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación necesaria, complementaria o adicional para el despacho de exportación en el país de origen. | Gestionar la exportación de los bienes en el país de origen, gestionar el tránsito y gestionar la importación de los bienes en el país de destino. |
Free Carrier - FCA
En una transacción en término FCA, el exportador una vez culminado el proceso de despacho aduanero y pagadas las obligaciones tributarias generadas por dicho concepto en el lugar de origen, actuando a riesgo y a expensas del importador, entrega la carga al transportista[20] designado, en un lugar convenido en el país de origen.
La trasferencia de responsabilidad se lleva a cabo cuando el transportista recibe la carga.
Si la entrega de las mercancías se lleva a cabo en las instalaciones del exportador, es obligación de éste, cargar las mercancías en el medio de transporte, si la entrega se realiza en otro lugar, la obligación pasa al importador.
Franco Porteador

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar al comprador cuando las mercancías estén listas para recoger en el lugar acordado. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Proporcionar información suficiente al vendedor sobre el transportista o la persona designada, y cualquier otra información necesaria para el traslado o envío de la carga y para que el vendedor pueda realizar la entrega, y cumplir con sus obligaciones. |
Entregar los bienes al transportista o al consignatario designado por el comprador, en el lugar de entrega acordado. Si no hay lugar acordado, entonces el vendedor puede determinar la mejor ubicación. | Verificar y recibir en conformidad los bienes, en el lugar acordado, dentro de los plazos convenidos. |
Pagar todos los costos hasta que los bienes hayan sido colocados en el lugar convenido, incluyendo los que se generen por concepto del despacho aduanero en origen. | Asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías, que se generen desde que son recibidas por el transportista, incluyendo aquellos adicionales que pudiesen generarse durante la entrega. |
Generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes y asistir al comprador para que obtenga el documento de transporte correspondiente o su comprobante. | Recibir en conformidad los documentos o comprobantes. |
Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque o un documento electrónico equivalente. | Pagar el precio de los bienes según lo acordado. |
Asistir al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías. | Pagar por los servicios o documentos adicionales solicitados al vendedor. |
Free Alongside Ship - FAS
FAS es un término exclusivo para el transporte marítimo.
En una transacción en término FAS, el exportador una vez culminado el proceso de despacho aduanero y pagadas las obligaciones tributarias generadas por dicho concepto en el lugar de origen, entrega la carga en el puerto acordado al costado de la embarcación designada.
La transferencia de responsabilidad se lleva a cabo cuando los bienes son ubicados al costado de la embarcación en el muelle, o en alijadores del puerto de embarque convenido.
Franco al Costado de la Embarcación

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar al comprador que los bienes han sido colocados junto al embarcación acordada. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Proporcionar información suficiente al vendedor sobre la embarcación, el itinerario de la nave, el puerto de embarque y cualquier otra información necesaria para que el vendedor pueda realizar la entrega, y cumplir con sus obligaciones. |
Colocar la mercancía junto al embarcación, en el puerto de embarque acordado. | Recibir en conformidad los bienes en el puerto acordado, dentro de los plazos convenidos. |
Pagar todos los costos de entrega de las mercancías hasta colocarlas junto a la embarcación, incluyendo los que se generen por concepto del despacho aduanero en el país de origen. | Asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías, que se generen desde que son colocadas al costado de la embarcación designada. |
Generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes y asistir al comprador para que obtenga el documento de transporte correspondiente o su comprobante. | Recibir en conformidad los documentos o comprobantes. |
Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque o un documento electrónico equivalente, y generar evidencia de conformidad o prueba de entrega. | Pagar el precio de los bienes según lo acordado. |
Asistir al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías. | Pagar por los servicios o documentos adicionales solicitados al vendedor. |
Free on Board - FOB
FOB es un término exclusivo para el transporte marítimo.
En una transacción en término FOB, el exportador una vez culminado el proceso de despacho aduanero y pagadas las obligaciones tributarias generadas por dicho concepto en el lugar de origen, entrega la carga sobre la embarcación que la transportará hasta su destino en el exterior.
La transferencia de riesgo se lleva a cabo cuando los bienes son colocados a bordo de la embarcación.
Franco a Bordo

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar la entrega de las mercancías a bordo de la embarcación acordada. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Proporcionar información suficiente al vendedor sobre la embarcación, el itinerario de la nave, el puerto de embarque y cualquier otra información necesaria para que el vendedor pueda realizar la entrega, y cumplir con sus obligaciones. |
Entregar las mercancías a bordo de la embarcación designada, en el puerto de embarque acordado. | Recibir las mercancías en conformidad, después de haber sido cargadas en la embarcación designada, en el puerto acordado, dentro de los plazos convenidos. |
Pagar todos los costos hasta que la carga haya sido colocada sobre la embarcación que la trasladará a su destino, incluyendo los que se generen por concepto del despacho aduanero en el país de origen. | Asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías, que se generen desde que son cargadas en la embarcación. |
Generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes y asistir al comprador para que obtenga el documento de transporte correspondiente o su comprobante. | Recibir en conformidad los documentos o comprobantes. |
Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque, o un documento electrónico equivalente. | Pagar el precio de los bienes según lo acordado. |
Asistir al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías. | Pagar por los servicios o documentos adicionales solicitados al vendedor. |
Cost and Freight - CFR
CFR es un término exclusivo para el transporte marítimo.
En una transacción en término CFR, el exportador una vez culminado el proceso de despacho aduanero y pagadas las obligaciones tributarias generadas por dicho concepto en el lugar de origen, entrega la carga a bordo de la embarcación designada, con el valor del flete internacional pagado.
Sin embargo, la transferencia de riesgos se lleva cabo cuando los bienes son colocados a bordo de la embarcación, no cuando los bienes arriban al puerto de destino.
Costo y Flete

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar la entrega de las mercancías a bordo de la embarcación acordada. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Proporcionar información suficiente al vendedor sobre la embarcación, el itinerario de la nave, el puerto de destino y cualquier otra información necesaria para que el vendedor pueda realizar la entrega, y cumplir con sus obligaciones. |
Entregar las mercancías a bordo de la embarcación designada, en el puerto de embarque acordado, con el valor del flete internacional pagado. | Recibir las mercancías en conformidad, después de haber sido cargadas en la embarcación designada, en el puerto acordado, dentro de los plazos convenidos. |
Pagar todos los costos hasta que la carga haya sido colocada sobre la embarcación que la trasladará a su destino, incluyendo los que se generen por concepto del despacho aduanero en el país de origen y el valor del flete internacional. | Asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías, que se generen desde que son cargadas en la embarcación, excepto el valor del flete internacional. |
Generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes, y cuando esté a su cargo, el vendedor deberá entregar los documentos de transporte con la fecha de embarque, cuando se impriman los originales, o proporcionar asistencia al comprador para que obtenga el documento de transporte correspondiente o su comprobante. | Recibir en conformidad los documentos o comprobantes. |
Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque, o un documento electrónico equivalente. | Pagar el precio de los bienes según lo acordado. |
Asistir al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías. | Pagar por los servicios o documentos adicionales solicitados al vendedor. |
Cost Insurance and Freight - CIF
CIF es un término exclusivo para el transporte marítimo.
En una transacción en término CIF, el exportador una vez culminado el proceso de despacho aduanero y pagadas las obligaciones tributarias generadas por dicho concepto en el lugar de origen, entrega la carga a bordo de la nave designada, con el valor del flete y el seguro internacional pagado.
Sin embargo, la transferencia de riesgos se lleva cabo cuando los bienes son colocados a bordo de la embarcación, no cuando los bienes arriban al puerto de destino.
Costo Seguro y Flete

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar la entrega de las mercancías a bordo de la embarcación acordada. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Proporcionar información suficiente al vendedor sobre la embarcación, el itinerario de la nave, el puerto de destino y cualquier otra información necesaria para que el vendedor pueda realizar la entrega, y cumplir con sus obligaciones. |
Entregar las mercancías a bordo de la embarcación designada, en el puerto de embarque acordado, con el valor del flete internacional, y el valor del seguro pagados. | Recibir las mercancías en conformidad, después de haber sido cargadas en la embarcación designada, en el puerto acordado, dentro de los plazos convenidos. |
Pagar todos los costos hasta que la carga haya sido colocada sobre la embarcación que la trasladará a su destino, incluyendo los que se generen por concepto del despacho aduanero en el país de origen, el valor del flete y el seguro[21] internacional. | Asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías, que se generen desde que son cargadas en la embarcación, excepto los valores del flete y el seguro internacional. |
Generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes, y cuando esté a su cargo, el vendedor deberá entregar los documentos de transporte con la fecha de embarque, cuando se impriman los originales, y la póliza de seguro, o proporcionar asistencia al comprador para que obtenga los documentos o comprobantes correspondientes. | Recibir en conformidad los documentos o comprobantes. |
Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque, o un documento electrónico equivalente. | Pagar el precio de los bienes según lo acordado. |
Asistir al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías. | Pagar por los servicios o documentos adicionales solicitados al vendedor. |
Carriage Paid To - CPT
En una transacción en término CPT, el exportador una vez culminado el proceso de despacho aduanero y pagadas las obligaciones tributarias generadas por dicho concepto en el lugar de origen, enviará la carga a una ubicación[22] en el lugar de destino convenido, con el valor del flete internacional pagado.
Sin embargo, la transferencia de riesgos se lleva cabo cuando las mercancías son recibidas por el transportista, no cuando los bienes arriban al lugar de destino.
Transporte Pagado Hasta

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar al comprador, que se han entregado los bienes al transportista y que han iniciado su traslado. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Proporcionar información suficiente al vendedor sobre el lugar de entrega en el país de destino y cualquier otra información necesaria para que el vendedor realice el traslado o envío de la carga, y para que este último pueda cumplir con sus obligaciones. |
Entregar la mercancía al transportista designado, en el lugar convenido, con el valor del flete internacional pagado. | Recibir las mercancías en conformidad, después de haber sido recibidas por el transportista, en el lugar acordado, dentro de los plazos convenidos. |
Pagar todos los costos hasta que se hayan entregado los bienes al transportista designado, incluyendo los que se generen por concepto del despacho aduanero en el país de origen y el valor del flete internacional. | Asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías, que se generen desde que el trasportista toma posesión de las mercancías, excepto el valor del flete internacional. |
Generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes, y cuando esté a su cargo, el vendedor deberá entregar los documentos de transporte con la fecha de salida, cuando se impriman los originales. | Recibir en conformidad los documentos o comprobantes. |
Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque, o un documento electrónico equivalente. | Pagar el precio de los bienes según lo acordado. |
Asistir al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías. | Pagar por los servicios o documentos adicionales solicitados al vendedor. |
Carriage and Insurance Paid To - CIP
En una transacción en término CIP, el exportador una vez culminado el proceso de despacho aduanero y pagadas las obligaciones tributarias generadas por dicho concepto en el lugar de origen, enviará la carga a una ubicación[23] en el lugar de destino convenido, con el valor del flete y el seguro internacional pagado.
Sin embargo, la transferencia de riesgos se lleva cabo cuando las mercancías son recibidas por el transportista, no cuando los bienes arriban al lugar de destino
Transporte y Seguro Pagado Hasta

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar al comprador que se han entregado los bienes al transportista y que han iniciado su traslado. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Proporcionar información suficiente al vendedor sobre el lugar de entrega en el país de destino y cualquier otra información necesaria para que el vendedor realice el traslado o envío de la carga, y para que este último pueda cumplir con sus obligaciones. |
Entregar la mercancía al transportista designado, en el lugar convenido, con el valor del flete internacional, y el valor del seguro pagados. | Recibir las mercancías en conformidad, después de haber sido recibidas por el transportista, en el lugar acordado, dentro de los plazos convenidos. |
Pagar todos los costos hasta que se hayan entregado los bienes al transportista designado, incluyendo los que se generen por concepto del despacho aduanero en el país de origen, el valor del flete y el seguro[24] internacional. | Asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías, que se generen desde que el trasportista toma posesión de las mercancías, excepto los valores del flete y el seguro internacional. |
Generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes, y cuando esté a su cargo, el vendedor deberá entregar los documentos de transporte con la fecha de salida, cuando se impriman los originales. | Recibir en conformidad los documentos o comprobantes. |
Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque, o un documento electrónico equivalente. | Pagar el precio de los bienes según lo acordado. |
Asistir al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías. | Pagar por los servicios o documentos adicionales solicitados al vendedor. |
Delivered at Place - DAP
En una transacción en término DAP, el exportador una vez culminado el proceso de despacho aduanero y pagadas las obligaciones tributarias generadas por dicho concepto en el lugar de origen, entrega la carga en una ubicación en el lugar de destino, con todos los costos pagados, excepto los que se generen por concepto del despacho aduanero en el lugar de destino.
La transferencia de riesgo se lleva a cabo cuando la mercancía arriba al lugar convenido.
Entregada en Lugar

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar al comprador que los bienes han arribado a la ubicación convenida en el lugar de destino. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Proporcionar información suficiente al vendedor sobre el lugar de entrega en el país de destino y cualquier otra información necesaria para que el vendedor realice el traslado o envío de la carga, y para que este último pueda cumplir con sus obligaciones. |
Colocar las mercancías a disposición del comprador en la ubicación acordada, en el país de destino. El vendedor no está obligado a descargar las mercancías en el lugar convenido. | Recibir las mercancías en conformidad, una vez que hayan arribado a la ubicación acordada en el país de destino, dentro de los plazos convenidos. |
Pagar todos los costos hasta colocar las mercancías a disposición del comprador en la ubicación convenida, excepto los costos por concepto de despacho aduanero en el país de destino y los de descarga. | Asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías, que se generen desde que arriban a la ubicación acordada en el lugar de destino, incluyendo la descarga de las mercancías. |
Generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes, y proporcionar al comprador el o los documentos que le permitan tomar posesión de los bienes, y los documentos generados en el tráfico internacional, para el despacho aduanero en destino. | Recibir en conformidad los documentos. |
Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque, o un documento electrónico equivalente. | Pagar el precio de los bienes según lo acordado. |
Asistir al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías. | Pagar por los servicios o documentos adicionales solicitados al vendedor. |
Delivered at Place Unloaded - DPU
En una transacción en término DPU, el exportador una vez culminado el proceso de despacho aduanero y pagadas las obligaciones tributarias generadas por dicho concepto en el lugar de origen, entrega la carga, descargada en una ubicación en el lugar de destino, con todos los costos pagados, excepto los que se generen por concepto del despacho aduanero en el lugar de destino.
La transferencia de riesgo se lleva a cabo cuando la mercancía es descargada en el lugar convenido.
Entregada en Lugar Descargada

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar al comprador que los bienes han sido descargados en la ubicación convenida en el lugar de destino. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Proporcionar información suficiente al vendedor sobre el lugar de entrega en el país de destino y cualquier otra información necesaria para que el vendedor realice el traslado o envío de la carga, y para que este último pueda cumplir con sus obligaciones. |
Colocar las mercancías a disposición del comprador, descargadas en la ubicación acordada en el país de destino. | Recibir las mercancías en conformidad, una vez que hayan sido descargadas en la ubicación acordada, dentro de los plazos convenidos. |
Pagar todos los costos hasta descargar las mercancías en la ubicación convenida, excepto los costos por concepto de despacho aduanero en el país de destino. | Asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías, que se generen desde que son descargadas en la ubicación acordada en el lugar de destino. |
Generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes, y proporcionar al comprador el o los documentos que le permitan tomar posesión de los bienes, y los documentos generados en el tráfico internacional, para el despacho aduanero en destino. | Recibir en conformidad los documentos. |
Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque, o un documento electrónico equivalente. | Pagar el precio de los bienes según lo acordado. |
Asistir al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías. | Pagar por los servicios o documentos adicionales solicitados al vendedor. |
Delivered Duty Paid - DDP
Uno de los acuerdos más complejos, asigna la mínima responsabilidad al importador y la mayor responsabilidad al exportador.
En una transacción en término DDP, el exportador una vez culminado el proceso de despacho aduanero y pagadas las obligaciones tributarias generadas por dicho concepto en el lugar de origen, entrega la carga, en una ubicación en el lugar de destino, con todos los costos pagados, incluyendo los que se generen por concepto del despacho aduanero en el lugar de destino.
Si las mercancías requiriesen de documentos de control previo para su admisión en el país de destino, todos los documentos necesarios serán obtenidos previamente por el importador, los cuales deberán proporcionarse al exportador o su consignatario, para que puedan iniciar el despacho aduanero de las mercancías en el lugar de destino.
La transferencia de riesgo se lleva a cabo cuando la mercancía está disponible en el lugar convenido.
Entregada Derechos Pagados

VENDEDOR | COMPRADOR |
---|---|
OBLIGACIONES | |
Notificar al comprador que los bienes han superado el despacho aduanero y han arribado a la ubicación convenida en el lugar de destino. Proporcionar información suficiente al comprador para que este último pueda recibir los bienes, y cumplir con sus obligaciones. | Proporcionar información suficiente al vendedor sobre el lugar de entrega en el país de destino y cualquier otra información necesaria para que el vendedor realice el traslado o envío de la carga, y para que este último pueda cumplir con sus obligaciones. |
Entregar las mercancías al comprador, con el proceso de despacho aduanero culminado, en la ubicación convenida en el lugar de destino. No es obligación del comprador descargar las mercancías en el lugar convenido. | Recibir las mercancías en conformidad, una vez que hayan arribado a la ubicación acordada en el país de destino, dentro de los plazos convenidos. |
Pagar todos los costos hasta colocar las mercancías a disposición del comprador en la ubicación convenida, incluyendo los costos por concepto de despacho aduanero en el país de destino. | Verificar las mercancías y recibirlas en conformidad. |
Generar evidencia de conformidad o prueba de entrega de los bienes, y proporcionar al comprador el o los documentos que le permitan tomar posesión de los bienes. | Recibir en conformidad los documentos. |
Gestionar la exportación de los bienes en origen, gestionar el tránsito y gestionar la importación de los bienes en destino. | Asistir[25] al vendedor, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación necesaria, complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías. Proporcionar al vendedor, la documentación local necesaria, adicional o complementaria para el despacho de importación en el país de destino. |
[1] La referencia a una regla Incoterms en el contrato de compraventa define con claridad las obligaciones de las partes y reduce el riesgo de complicaciones jurídicas.
[2] Una fábrica, un muelle, un buque, un camión, un aeropuerto, una dirección, etc.
[3] Sucesos y fechas concretas.
[4] Robos, pérdidas, siniestros, entre otros sucesos que pudiesen presentarse durante el traslado de las mercancías.
[5] Punto o lugar donde los riesgos se transmiten y los costos se transfieren a la otra parte.
[6] Masa Bruta Verificada.
[7] Por ejemplo: un BL con la leyenda 'a bordo'.
[8] Cartas de crédito, cobranzas documentales.
[9] 110% Mínimo riesgo.
[10] 110% Todo riesgo.
[11] Porque el exportador o el importador pueden disponer de sus propios medios de transporte para realizar la operación.
[12] Con estos cambios se busca que las reglas Incoterms puedan acoplarse de mejor manera a los contratos de compraventa de mercaderías a nivel nacional.
[13] Versión Actual
[14] Reglas Incoterms 2020.
[15] Certificaciones, autorizaciones, permisos, entre otros documentos.
[16] Si se requiere que se realice alguna modificación al envase, el embalaje, la colocación de etiquetas o rotulación en las mercancías, el importador debe informar al exportador y acordar el valor a pagar por estos adicionales.
[17] En caso de existir inconformidad sobre las mercancías, el comprador puede notificar al vendedor.
[18] En algunos casos, cuando existe un acuerdo entre las partes el exportador puede cargar las mercancías en el vehículo de recogida a expensas y riesgo del importador.
[19] De ser el caso, el comprador debe pagar al vendedor, los gastos realizados por la prestación de ayuda en la obtención, o la entrega de documentos para el despacho aduanero de exportación.
[20] Operador encargado del movimiento de la carga, generalmente es un agente de carga.
[21] 110% mínimo riesgo a nombre del comprador.
[22] Puede ser cualquier lugar en el exterior, incluidos los aeropuertos, pasos fronterizos o sus alrededores.
[23] Puede ser cualquier lugar en el exterior, incluidos los aeropuertos, pasos fronterizos o sus alrededores.
[24] 110% todo riesgo a nombre del comprador.
[25] De ser el caso, el vendedor debe pagar al comprador, los gastos realizados por la prestación de ayuda en la obtención, o la entrega de documentos para el tránsito internacional y el despacho aduanero de importación.